En las primeras sesiones, los Concejos Municipales y las Asambleas Departamentales dedicaron su atención en organizar las coaliciones oficiales que respaldarán los Planes de Gobierno de los alcaldes y gobernadores, así como de seleccionar a quienes funjan de Secretarios de las Corporaciones, Contralores y Personeros territoriales. Se volvió norma que estos funcionarios sean señalados a dedo por parte del Ejecutivo y la mayoría gubernamental haga la elección con su guiño.
La Constitución Política estableció una serie de contrapesos a las ramas del Poder Público para que actúen como control político, con lo cual se hizo un esfuerzo por poner a raya la dictadura de una de ellas sobre las otras, que en últimas es la base de la corrupción. Si el Ejecutivo se impone sobre el Legislativo o el Judicial, además de desaparecer lo poco democrático de sus actos, no mediaría respeto a las normas que lo regulan y menos jueces que investiguen dando lugar al alto grado de impunidad en que vivimos. Infortunadamente, esa Constitución cedió a los politiqueros la posibilidad de que ellos mismos ejercieran su control –que sean administración y vigilancia-, ya que no estableció que los entes de control fueran elegidos en forma independiente, hecho que, con excepción del Polo Democrático Alternativo que hizo una propuesta en el Estatuto de la Oposición, ningún partido –menos los de gobierno- está interesado en reglamentar en las Reformas Políticas.
Los Contralores son los funcionarios encargados de examinar los gastos públicos y la Constitución Política de 1991 estableció que: "El control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación". A partir de allí se han derivado diferentes enfoques como el control de advertencia o de prevención, para que el administrador público “conozca en tiempo real las inconsistencias detectadas”, agregó la Contraloría General de la República.
La misma Constitución define a la Personería Municipal como “un ente del Ministerio Público, que representa a la comunidad ante la Administración, ejerce, vigila y hace controles sobre su gestión, vela por la promoción y protección de los derechos humanos, vigila el debido proceso, la conservación del medio ambiente, el patrimonio público y la prestación eficiente de los servicios públicos, garantizando a la ciudadanía la defensa de sus derechos”.
De las anteriores definiciones queda claro que las funciones fundamentales de estas dos entidades son la investigación de oficio y el trámite objetivo de las quejas o querellas que impetren quienes se sientan afectados por las decisiones de la Administración. Esto demuestra que es vital para la democracia que estos organismos sean absolutamente independientes de los gobiernos municipales y departamentales, por lo cual crean serias interrogantes las actitudes de alcaldes y gobernadores que direccionaron la elección de estos funcionarios. Razón tuvo el concejal del Polo Democrático Alternativo de Cartagena, David Múnera Cavadía, cuando hizo un llamado al burgomaestre distrital de Cartagena, Campo Elías Teherán Dix, para que no interfiriera en dicho proceso, porque: “un contralor impuesto por el Ejecutivo Distrital no podría actuar con independencia”. Finalmente, el Contralor Distrital de Cartagena es el doctor Mario Feliz Monsalve, postulado por la coalición que apoya al Gobierno Distrital, después de que 8 concejales que conformaban una mayoría de 11 se declararon impedidos por conflicto de intereses. El Personero es William de Jesús Mattos Ospino, quien derrotó a Alejandro Dussan, candidato de la coalición oficial.
El doctor Múnera Cavadía expresó que hizo un llamado a los dignatarios elegidos para que “actúen con independencia, en beneficio de la sociedad, librando una gran batalla contra la corrupción, así como emplearse a fondo para hacer respetar las garantías democráticas y sociales de todos los cartageneros. Ojalá tengamos unos organismos de control que cumplan con las funciones que les exige la ley”, agregó
¡Si los órganos de control no son independientes del Ejecutivo, la dictadura, la corrupción y la impunidad podrían “campear” en estos gobiernos!
POR LA SOBERANIA, EL TRABAJO Y LA PRODUCCION ¡RESISTENCIA CIVIL!
Sede Nacional : Calle 39 Nº 21-30 Bogotá Colombia - Telefono: (57 1) 245 9647.